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LOPD y LSSICE

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PROTECCIÓN DE DATOS

El Art.18 de la Constitución Española dice:“La Ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos”.

Según esto, la protección de datos personales es un derecho fundamental de todas las personas, lo cual nos atribuye el control de todo lo referente a nuestros datos.

Para regular dicho derecho, existe la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal, (LOPD) y su Reglamento de Desarrollo, REAL DECRETO 1720/2007, de 21 de diciembre

Esta ley obliga, a todas las personas, empresas y organismos, tanto privados como públicos que traten datos de carácter personal, a cumplir una serie de requisitos y aplicar determinadas medidas de seguridad en función del tipo de datos que posean; entre otros:

  • Registrar los ficheros en la Agencia Española de Protección de datos.

  • Elaborar y mantener actualizado el Documento de Seguridad.
  • Obtener la legitimidad de los afectados.

LSSICE

Con el objeto de regular las actividades económicas que se realizan a través de internet, nació la LEY 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico.

Entre otros, se controlan las siguientes:

  • Información legal en las páginas web, blogs, etc.
  • Comercio electrónico
  • Tiendas online
  • Blog
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